LOS DERECHOS LABORALES DEL MAGISTERIO PERUANO BAJO LA LUPA DEL ESTADO NEOLIBERAL
JUAN CONTRERAS T.
CIPAL
CIPAL
Dos aspectos caracterizan en el último quinquenio la política laboral del régimen aprista en su relación con los trabajadores de la educación, en particular, el magisterio peruano. Veamos: a)La profundización de las políticas de flexibilización laboral en el sector de la educación pública, dentro de la lógica de la reducción de los costos laborales y, b) El desarrollo de una poderosa ofensiva política -ideológica patrocinada desde el Estado contra los sectores progresistas y contestatarios del SUTEP destinada a desterrar todo vestigio de oposición o manifestación contestaría. En suma, el redescubrimiento de la esencia totalitaria y antilaboral del Estado Neoliberal.
Siguiendo las pautas del Consenso de Washington (1990) consistente en el reordenamiento del gasto público, la disciplina presupuestaria, la apertura del mercado a las grandes corporaciones extranjeras, etc. el régimen aprista, antes Fujimori y Toledo, ha venido aplicando en el sector educativo público las políticas de flexibilización laboral pretendiendo una progresiva reducción de los costos laborales y por consiguiente, la precarización del empleo docente en la educación pública.
LA CARTA DE 1993: LA MADRE DEL CORDERO
La eliminación de la estabilidad laboral (art. 27) en la Constitución Política de 1993, como la consagración constitucional de la privatización de la educación (art. 15) marcaron la ruta sobre el cual se fue formulando la política laboral aplicable al profesorado del sector público según los parámetros auspiciados por los organismos financieros internacionales (Banco Mundial, FMI, BID), convertidos después de la II Guerra Mundial en verdaderos organismos supra estatales que diseñan y dirigen las políticas públicas que los gobiernos ejecutan en países como el Perú.
Intentemos un apretado resumen. Durante el gobierno de transición (2002) se crea el Consejo Educativo Nacional (CEN) con el objeto de diseñar el Proyecto Educativo Nacional (PEN), base para una política educativa de mediano y largo plazo. En el 2003 se expide la Ley Gral. de Educación 28044 que desarrolla la filosofía privatizadora de la Carta de 1993 (art. 5). Todo esto mientras dormía en el sueño de los justos la Ley 24029, tantas veces ignorada por sucesivos gobiernos renuentes a cumplir, entre otros aspectos, con el pago efectivo de los derechos remunerativos del magisterio (asignaciones y bonificaciones económicas), los ascensos de nivel con incremento remunerativo, etc.
A inicios del 2006 PPK dicta el D.S. 008-2006-ED y deroga el D.S. 041-2001-ED, dispositivo que precisaba que las bonificaciones, asignaciones (30% por preparación de clases y evaluación y otros) debían ser calculadas en base a la remuneración total e integra, reduciéndolas casi a su mínima expresión económica.
Durante el segundo mandato de García (2007) se promulga la Ley 29062 cuyos fines patrocinan el diseño de una CPM dentro de la lógica de la reducción de los costos laborales y la precarización del empleo, para lo cual se postula el incremento de las causales de destitución (art. 36), el termino de la relación laboral por desaprobación de tres exámenes en el mismo nivel (art. 65), la inhabilitación ahora por padecimiento de enfermedades infecto – contagiosa (tuberculosis, hepatitis) debidamente comprobada (art. 62), el desconocimiento de la bonificación por preparación de clases y evaluación (30% de la remuneración total), entre otros aspectos.
También el 2007 se dicta también la Ley 28988 que declara la educación básica regular en servicio público esencial (art. 1) y su reglamento el D.S. 017-2007-ED que introduce mayores requisitos para la declaratoria de huelga (art. 7) pretendiendo políticamente recortar el ejercicio de este derecho constitucional; promueve el amarillaje al crear el Registro Nacional de Docentes Alternos y su eventual contratación (art. 7 y 11)); la prohibición del uso escolar para actividades sindicales, entre otros aspectos contrarios a la libertad sindical.
Siguiendo las pautas del Consenso de Washington (1990) consistente en el reordenamiento del gasto público, la disciplina presupuestaria, la apertura del mercado a las grandes corporaciones extranjeras, etc. el régimen aprista, antes Fujimori y Toledo, ha venido aplicando en el sector educativo público las políticas de flexibilización laboral pretendiendo una progresiva reducción de los costos laborales y por consiguiente, la precarización del empleo docente en la educación pública.
LA CARTA DE 1993: LA MADRE DEL CORDERO
La eliminación de la estabilidad laboral (art. 27) en la Constitución Política de 1993, como la consagración constitucional de la privatización de la educación (art. 15) marcaron la ruta sobre el cual se fue formulando la política laboral aplicable al profesorado del sector público según los parámetros auspiciados por los organismos financieros internacionales (Banco Mundial, FMI, BID), convertidos después de la II Guerra Mundial en verdaderos organismos supra estatales que diseñan y dirigen las políticas públicas que los gobiernos ejecutan en países como el Perú.
Intentemos un apretado resumen. Durante el gobierno de transición (2002) se crea el Consejo Educativo Nacional (CEN) con el objeto de diseñar el Proyecto Educativo Nacional (PEN), base para una política educativa de mediano y largo plazo. En el 2003 se expide la Ley Gral. de Educación 28044 que desarrolla la filosofía privatizadora de la Carta de 1993 (art. 5). Todo esto mientras dormía en el sueño de los justos la Ley 24029, tantas veces ignorada por sucesivos gobiernos renuentes a cumplir, entre otros aspectos, con el pago efectivo de los derechos remunerativos del magisterio (asignaciones y bonificaciones económicas), los ascensos de nivel con incremento remunerativo, etc.
A inicios del 2006 PPK dicta el D.S. 008-2006-ED y deroga el D.S. 041-2001-ED, dispositivo que precisaba que las bonificaciones, asignaciones (30% por preparación de clases y evaluación y otros) debían ser calculadas en base a la remuneración total e integra, reduciéndolas casi a su mínima expresión económica.
Durante el segundo mandato de García (2007) se promulga la Ley 29062 cuyos fines patrocinan el diseño de una CPM dentro de la lógica de la reducción de los costos laborales y la precarización del empleo, para lo cual se postula el incremento de las causales de destitución (art. 36), el termino de la relación laboral por desaprobación de tres exámenes en el mismo nivel (art. 65), la inhabilitación ahora por padecimiento de enfermedades infecto – contagiosa (tuberculosis, hepatitis) debidamente comprobada (art. 62), el desconocimiento de la bonificación por preparación de clases y evaluación (30% de la remuneración total), entre otros aspectos.
También el 2007 se dicta también la Ley 28988 que declara la educación básica regular en servicio público esencial (art. 1) y su reglamento el D.S. 017-2007-ED que introduce mayores requisitos para la declaratoria de huelga (art. 7) pretendiendo políticamente recortar el ejercicio de este derecho constitucional; promueve el amarillaje al crear el Registro Nacional de Docentes Alternos y su eventual contratación (art. 7 y 11)); la prohibición del uso escolar para actividades sindicales, entre otros aspectos contrarios a la libertad sindical.
En el 2008 se publica el Proyecto Educativo Nacional (PEN) bajo los auspicios del gobierno aprista exponiendo metas y fines cuya materialización por parte de la administración dejan aun mucho de desear, por ejemplo, en el caso de la educación inclusiva, ninguneada por las UGELs para imponer medidas de racionalización, en perjuicio de numerosos docentes.
Finalmente, tras evidenciar la imposibilidad del modelo económico para incorporar a profesionales sub-empleados a la estructura del empleo, y, fracasado el intento de subordinar al Colegio de Profesores del Perú (CPP) el régimen aprista dicta a inicios del 2010 la Ley 29510 estableciendo la no exigencia del requisito de colegiación y la liberalización del empleo docente a profesionales de otras especialidades (art. 1).
EL SUTEP: NECESIDAD HISTORICA DE REORIENTAR SU LUCHA
Esta ofensiva legal del Estado Neoliberal ha producido, sin duda, un efecto casi devastador sobre la organización sindical del magisterio peruano evidenciando que si algo no ha desparecido del escenario social es la lucha de clases (que dirá el viejo Marx) y que el modelo de dominación requiere derribar toda forma de organización de los trabajadores sin el cual su desarrollo y expansión no estaría asegurado.
No obstante, hoy está claro que el SUTEP ha perdido la capacidad de negociación frente al Estado Neoliberal con el consiguiente estado de desprotección laboral de miles de maestros y maestras. Estos no se sienten ahora representados por el sindicato. La excesiva ideologización y el dogmatismo partidario en las cúpulas, como la ausencia de prácticas democráticas para la toma de decisiones y la elección de sus dirigentes ha convertido al sindicato en una organización casi fantasmal sin raíces en el seno de la sociedad, pese al noble esfuerzo y al no renunciamiento de los sectores progresistas y contestatarios del magisterio peruano.
Pese a esgrimir una poderosa campaña de demolición moral contra el magisterio sindicalista en el que ha predominado, incluso, una inútil y descabellada asociación con el terrorismo, el régimen de García Pérez no ha logrado convencer acerca de las bondades de la Ley 29062. La congelación de las remuneraciones del profesorado en época de crecimiento económico, aunado a la resistencia del magisterio frente al abuso de poder y la corrupción estatal vienen abonando las condiciones para que en el futuro se reformule o derogue los alcances de esta ley. Aunque no les guste a los políticos neoliberales, los sindicatos son necesarios como factores de equilibrio social.
En suma, urge en el SUTEP una reorientación de sus fines y principios, así como una renovación organizativa, ideológica y dirigencial lo cual comprende, además, un severo deslinde con corrientes que usan al sindicato como un medio para otros propósitos, nada santos. Otro escenario seria funesto, sin duda, para los intereses del magisterio peruano. ///
Finalmente, tras evidenciar la imposibilidad del modelo económico para incorporar a profesionales sub-empleados a la estructura del empleo, y, fracasado el intento de subordinar al Colegio de Profesores del Perú (CPP) el régimen aprista dicta a inicios del 2010 la Ley 29510 estableciendo la no exigencia del requisito de colegiación y la liberalización del empleo docente a profesionales de otras especialidades (art. 1).
EL SUTEP: NECESIDAD HISTORICA DE REORIENTAR SU LUCHA
Esta ofensiva legal del Estado Neoliberal ha producido, sin duda, un efecto casi devastador sobre la organización sindical del magisterio peruano evidenciando que si algo no ha desparecido del escenario social es la lucha de clases (que dirá el viejo Marx) y que el modelo de dominación requiere derribar toda forma de organización de los trabajadores sin el cual su desarrollo y expansión no estaría asegurado.
No obstante, hoy está claro que el SUTEP ha perdido la capacidad de negociación frente al Estado Neoliberal con el consiguiente estado de desprotección laboral de miles de maestros y maestras. Estos no se sienten ahora representados por el sindicato. La excesiva ideologización y el dogmatismo partidario en las cúpulas, como la ausencia de prácticas democráticas para la toma de decisiones y la elección de sus dirigentes ha convertido al sindicato en una organización casi fantasmal sin raíces en el seno de la sociedad, pese al noble esfuerzo y al no renunciamiento de los sectores progresistas y contestatarios del magisterio peruano.
Pese a esgrimir una poderosa campaña de demolición moral contra el magisterio sindicalista en el que ha predominado, incluso, una inútil y descabellada asociación con el terrorismo, el régimen de García Pérez no ha logrado convencer acerca de las bondades de la Ley 29062. La congelación de las remuneraciones del profesorado en época de crecimiento económico, aunado a la resistencia del magisterio frente al abuso de poder y la corrupción estatal vienen abonando las condiciones para que en el futuro se reformule o derogue los alcances de esta ley. Aunque no les guste a los políticos neoliberales, los sindicatos son necesarios como factores de equilibrio social.
En suma, urge en el SUTEP una reorientación de sus fines y principios, así como una renovación organizativa, ideológica y dirigencial lo cual comprende, además, un severo deslinde con corrientes que usan al sindicato como un medio para otros propósitos, nada santos. Otro escenario seria funesto, sin duda, para los intereses del magisterio peruano. ///
No hay comentarios:
Publicar un comentario